Tipología victimal de acuerdo a la calificación de Mendelsohn

El criminólogo y abogado Benjamin Mendelsohn es considerado como uno de los padres dentro del estudio de la victimología. Una de las primeras pretensiones respecto a la clasificación de las víctimas fue protagonizada por Mendelshon, esta clasificación es, indiscutiblemente la mayoritariamente renombrada y comentada, dicha tipología asienta sus bases en la correlación de la culpabilidad de la víctima y el infractor. La tipología no es únicamente el sencillo hecho de organizar los fenómenos, sino que debe ser esto vehículo también para guiar, incrementar y dirigir nuevas y próximas investigaciones. La Victimología intentó tipologías propias, que posibilitaran comprender de mejor manera el papel desempeñado por la víctima en el fenómeno de la victimización.


Figura 01. Benjamin Mendelsohn. 

ACTCTIVIDAD 6. CRONOLOGIA DE LA VICTIMOLOGIA timeline | Timetoast timelines


Figura 01. Benjamin Mendelsohn. Imagen de autor desconocido, recuperada de: https://www.timetoast.com/timelines/act-3-evolucion-cientifica-de-la-victimologia




La hipótesis que es tomada como base consiste en que hay una correlación inversa entre la culpabilidad del agresor y la del ofendido, entra mayor culpabilidad de uno menor culpabilidad del otro sujeto. La segunda parte de la hipótesis consiste en que las relaciones entre criminal y víctima tienen siempre un origen biopsicosocial en la personalidad de la víctima.

La clasificación es;

     I.        “Víctima completamente inocente, que puede calificarse como víctima "ideal"; es decir la víctima inconsciente.” (Rodríguez, 2002, p.100)

Víctima completamente inocente o ideal es la que no ha hecho nada para desencadenar la situación criminal en la que como consecuencia se presenta contuso o afectado. Como, por ejemplo, un sujeto que recibe un impacto de bala (bala perdida) en un tiroteo en el que no tiene ninguna relación. Otro ejemplo de este tipo de victima es el niño que es agredido por un familiar o superior en términos de edad.

 

    II.        “Víctima de culpabilidad menor-víctima por ignorancia.” (Rodríguez, 2002, p.100)

Víctima de culpabilidad menor o víctima por ignorancia, en este caso se presenta una circunstancia no voluntaria al delito. La víctima por un acto de poca reflexión conduce a su propia victimización. Esto mayoritariamente se da por ignorancia de la víctima. Un ejemplo de este tipo de víctima se puede dar entre menores de edad, que al no tener una formación adecuada pueden ignorar los alcances de su manera de accionar, anticipándose a ser victimizados.

 

  III.        Víctima tan culpable como el infractor. Es la llamada víctima consensual, la que voluntariamente acepta ser víctima, consciente del hecho. (Rodríguez, 2002, p.101) Se presenta en los casos de homicidio por piedad, donde la víctima como el victimario son copartícipes del hecho donde va a resultado muerto el afectado por la enfermedad incurable o discapacitado grave.

  IV.        La víctima más culpable que el infractor: Víctima provocadora que, por su conducta, incita al infracto a comer la infracción. Víctima por imprudencia, que determina el accidente por falta de control en sí mismo. (Rodríguez, 2002, p.101) La víctima más culpable o víctima únicamente culpable. La víctima por imprudencia, el que determina la comisión del hecho punible por su falta de cuidado, un ejemplo de esto es un sujeto que deja su carro estacionado con las llaves dentro en un lugar de acceso púbico.

 

   V.        Víctima más culpable o únicamente culpable: A) Víctima infractora: cometiendo una infracción, el agresor la víctima (exclusivamente culpable-ideal), se trata del caso de legítima defensa, en que el acusado debe ser absuelto. B) Víctima simuladora: el acusador que premeditada irrespon sablemente inculpa al acusado, recurriendo a cualquier maniobra con tal de hacer caer a la justicia en un error. C) Víctima imaginaría: es decir, el paranoico (reivindicador, litigioso, interpretativo, perseguidor-perseguido), histérico, mitómano, senil, infantil o adolescente. (Rodríguez, 2002, p.101) En esta tipología la víctima resulta más culpable o únicamente culpable. Aquella que resulta afectada cuando busca lesionar a otro y este se defiende en legítima defensa causando la muerte al primer agresor.

 

Concluye Mendelsohn que, tomando como base todo el tiempo las correlaciones de culpabilidad, el comportamiento de la víctima puede determinar la pena a imponer al infractor o los infractores, o la cantidad de valor o daño que corresponde a una indemnización.

Esta clasificación realizada por Mendelsohn es criticada ya que únicamente hace referencia a categorías legales, y que el punto de partida es el de culpabilidad, manejado no como fenómeno psicológico sino más bien como un ente meramente jurídico. Por su parte, la culpabilidad no es previamente definida, y en ocasiones es utilizada indistintamente el término “imputabilidad”; de ésta se desprende el grado de responsabilidad del delincuente o infractor, pues indicará el grado de culpabilidad que puede mantener la víctima en la comisión del delito, restando ésta a la responsabilidad del infractor.

 


Referencias Bibliográficas

Rodríguez, L. (2002) VICTIMOLOGIA ESTUDIO DE LA VÍCTIMA. Recuperado de: https://yorchdocencia.files.wordpress.com/2015/09/victimologia-luis-rodriguez-manzanera.pdf

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