Tipología
victimal de acuerdo a la calificación de Mendelsohn
El criminólogo y abogado Benjamin
Mendelsohn es considerado como uno de los padres dentro del estudio de la
victimología. Una de las primeras pretensiones respecto a la clasificación de
las víctimas fue protagonizada por Mendelshon, esta clasificación es,
indiscutiblemente la mayoritariamente renombrada y comentada, dicha tipología
asienta sus bases en la correlación de la culpabilidad de la víctima y el
infractor. La tipología no es únicamente el sencillo hecho de organizar
los fenómenos, sino que debe ser esto vehículo también para guiar, incrementar
y dirigir nuevas y próximas investigaciones. La Victimología intentó tipologías
propias, que posibilitaran comprender de mejor manera el papel desempeñado por
la víctima en el fenómeno de la victimización.
Figura 01. Benjamin Mendelsohn.
Figura 01. Benjamin Mendelsohn. Imagen de autor desconocido, recuperada de: https://www.timetoast.com/timelines/act-3-evolucion-cientifica-de-la-victimologia
La hipótesis que es tomada como base consiste en que
hay una correlación inversa entre la culpabilidad del agresor y la del
ofendido, entra mayor culpabilidad de uno menor culpabilidad del otro sujeto. La
segunda parte de la hipótesis consiste en que las relaciones entre criminal y
víctima tienen siempre un origen biopsicosocial en la personalidad de la
víctima.
La clasificación es;
I.
“Víctima completamente inocente, que puede
calificarse como víctima "ideal"; es decir la víctima inconsciente.” (Rodríguez, 2002, p.100)
Víctima
completamente inocente o ideal es la que no ha hecho nada para desencadenar la
situación criminal en la que como consecuencia se presenta contuso o afectado. Como,
por ejemplo, un sujeto que recibe un impacto de bala (bala perdida) en un
tiroteo en el que no tiene ninguna relación. Otro ejemplo de este tipo de
victima es el niño que es agredido por un familiar o superior en términos de
edad.
II.
“Víctima de culpabilidad menor-víctima por
ignorancia.” (Rodríguez, 2002, p.100)
Víctima
de culpabilidad menor o víctima por ignorancia, en este caso se presenta una
circunstancia no voluntaria al delito. La víctima por un acto de poca reflexión
conduce a su propia victimización. Esto mayoritariamente se da por ignorancia
de la víctima. Un ejemplo de este tipo de víctima se puede dar entre menores de
edad, que al no tener una formación adecuada pueden ignorar los alcances de su
manera de accionar, anticipándose a ser victimizados.
III.
Víctima tan culpable como el infractor. Es la
llamada víctima consensual, la que voluntariamente acepta ser víctima,
consciente del hecho. (Rodríguez, 2002, p.101) Se presenta en los casos de
homicidio por piedad, donde la víctima como el victimario son copartícipes del
hecho donde va a resultado muerto el afectado por la enfermedad incurable o
discapacitado grave.
IV.
La víctima más culpable que el infractor: Víctima
provocadora que, por su conducta, incita al infracto a comer la infracción.
Víctima por imprudencia, que determina el accidente por falta de control en sí
mismo. (Rodríguez, 2002, p.101) La víctima más culpable o víctima únicamente
culpable. La víctima por imprudencia, el que determina la comisión del hecho
punible por su falta de cuidado, un ejemplo de esto es un sujeto que deja su
carro estacionado con las llaves dentro en un lugar de acceso púbico.
V.
Víctima más culpable o únicamente culpable: A)
Víctima infractora: cometiendo una infracción, el agresor la víctima
(exclusivamente culpable-ideal), se trata del caso de legítima defensa, en que
el acusado debe ser absuelto. B) Víctima simuladora: el acusador que
premeditada irrespon sablemente inculpa al acusado, recurriendo a cualquier
maniobra con tal de hacer caer a la justicia en un error. C) Víctima
imaginaría: es decir, el paranoico (reivindicador, litigioso, interpretativo,
perseguidor-perseguido), histérico, mitómano, senil, infantil o adolescente. (Rodríguez,
2002, p.101) En esta tipología la víctima resulta más culpable o únicamente
culpable. Aquella que resulta afectada cuando busca lesionar a otro y este se
defiende en legítima defensa causando la muerte al primer agresor.
Concluye Mendelsohn que,
tomando como base todo el tiempo las correlaciones de culpabilidad, el
comportamiento de la víctima puede determinar la pena a imponer al infractor o
los infractores, o la cantidad de valor o daño que corresponde a una
indemnización.
Esta clasificación realizada
por Mendelsohn es criticada ya que únicamente hace referencia a categorías
legales, y que el punto de partida es el de culpabilidad, manejado no como
fenómeno psicológico sino más bien como un ente meramente jurídico. Por su
parte, la culpabilidad no es previamente definida, y en ocasiones es utilizada indistintamente
el término “imputabilidad”; de ésta se desprende el grado de responsabilidad
del delincuente o infractor, pues indicará el grado de culpabilidad que puede
mantener la víctima en la comisión del delito, restando ésta a la
responsabilidad del infractor.
Referencias Bibliográficas
Rodríguez, L. (2002) VICTIMOLOGIA
ESTUDIO DE LA VÍCTIMA. Recuperado de: https://yorchdocencia.files.wordpress.com/2015/09/victimologia-luis-rodriguez-manzanera.pdf
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